• 24/05/2023
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Desde 1810 a la República

Desde 1810 a la República


Por Alejandra Dománico (*)

Los territorios de Hispano América se vieron convulsionados por la ocupación de España por parte de Francia y sustitución de sus autoridades (1808). El Rey Español Fernando VII (por abdicación de su padre) es reemplazado por José Bonaparte, hermano de Napoleón.
El hecho impactó de formas diferentes, y en el Rio de la Plata nace (para algunos) o se fortalece (para otros) el cuestionamiento a la autoridad usurpadora y con distintos móviles e ideologías entre sus protagonistas, en el Cabildo abierto celebrado el 22 de mayo de 1810 se decide dar un paso, en principio provisorio, hacia el autogobierno. El 25 de mayo se forma una Junta de Gobierno conocida como la Primera Junta o el Primer Gobierno Patrio.

¿Cómo llegamos de ese primer gobierno patrio en 1810, a nuestra Organización como Estados en 1853 – 1860 en que nos damos nuestra Constitución?
La Junta, inmediatamente después de haber asumido, convoca a las provincias del interior a formar la Junta Grande la que queda constituida en 1811. Esta y crea el Triunvirato y se autodenomina «Junta Conservadora de la Soberanía de Fernando VII». Entre ambos organismos hubieron dificultades, pero se dieron a la tarea de crear una forma de organización la que desde el principio tuvo base republicana.
Entre la Junta Conservadora y el Triunvirato dictan el Reglamento Orgánico Provisorio (octubre y noviembre de 1811). En este instrumento se divide por primera vez el Poder en tres:
Ejecutivo, Legislativo y Judicial, consagrando el principio de división, independencia y equilibrio de y entre ellos. Se dictaron en este año Decretos garantizando la «Libertad de Imprenta», «El Derecho a no ser condenado sin Juicio Previo» y se comprometen a convocar a una Asamblea Constituyente la que quedó constituida en el año 1813.

Es la Asamblea del año XIII el primer Congreso Constituyente, dónde se trataron temas que marcaron el camino a la Republica. Agregaron a los Derechos ya mencionados y reconocidos, «el de Igualdad ante la Ley y la Libertad de vientres». No logro sancionar una Constitución.

En 1816 se convoca a otro Congreso a Tucumán, con el fin de dictar una Constitución. Éste Declara la Independencia el 9 de Julio de ese año y también redacta una Constitución la que se termina de redactar en 1819 con fuertes principios republicanos pero al ser de corte Unitaria, no fue reconocida por las provincias del Interior.

Entre 1820 y 1853/60, si bien no se pierden las intenciones Constituyentes (nuevo intento en 1826 que fracasa por iguales motivos que la del 19), se diluye el ideario nacional y son las provincias las que se fortalecen, organizándose como soberanas y dictando sus propias Constituciones, por ejemplo en San Juan, reconocemos como tal la Carta de Mayo de 1825.

Ya constituidas las provincias y actuando como soberanas y preexistentes a la Nación, pactaron convocarse para Organizarla (con enfrentamientos en el medio, lideres caudillos y también tiranos). Esa Convocatoria se concretó en Santa Fe en 1852 sancionándose el 1 de mayo del año siguiente 1853 la Primera Constitución Argentina, que proclama como forma de gobierno la forma Representativa, Republicana y Federal a la que luego de otro Congreso adhiere y se suma Buenos Aires en 1860.

Este camino se alargó por falta de consenso en cuanto a la centralidad o descentralidad del Poder (unitarios y federales). El 25 de mayo celebramos el Primer Gobierno Patrio y el inicio del camino hacia la República, con sus principios (Igualdad ante la Ley; el Constitucionalismo a fin de limitar el Poder Político a través del reconocimiento escrito de los Derechos y Garantías de los ciudadanos; la División y Equilibrio de Poderes; la Libertad de Opinión, de Imprenta, la publicidad de los actos de gobierno, la Alternancia en los mandatos; y la Participación ciudadana, etc.).

(*) Abogada, delegada provincial de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina, juez de Paz letrada, integrante de la comisión directiva de Conciencia San Juan


Fuente: Nuevo Mundo, edición 715 del 23 de mayo de 2023


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