• 27/07/2023
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Elecciones 2023: cuánto cobrarán las autoridades de mesa y cuáles son los requisitos para serlo

Elecciones 2023: cuánto cobrarán las autoridades de mesa y cuáles son los requisitos para serlo

El Ministerio del Interior, encargado de organizar los comicios en todo el país, dio a conocer este jueves el monto de la remuneración que cobrarán las autoridades de mesa en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del domingo 13 de agosto.

Las personas que participen en la elección como autoridades de mesa recibirán $7.000 por cada elección: las PASO, las elecciones nacionales y una eventual segunda vuelta. Además, se sumará el cobro de $3.000 por la realización de capacitaciones reconocidas por la Justicia Electoral.

La resolución 88/2023 sostiene que es conveniente estimular la participación en actividades de capacitación mediante la asignación de una compensación adicional para mejorar el desenvolvimiento de los comicios.

Bonificación especial
Además de los montos mencionados previamente, cada autoridad de mesa también cobrará $10.000 adicionales en la previa de todas las instancias electorales. En caso de no celebrar una segunda vuelta, este último importe será de $7.000.

Quienes hayan sido designados por la Justicia Nacional Electoral como delegados en los establecimientos de votación recibirán $11.500 por elección en concepto de viáticos, sumado a unos $3.500 por la tarea de remisión de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral.

De esta manera, el ciudadano que participe como autoridad de mesa en las tres instancias electorales cobrará una totalidad de $40.000.

Los requisitos para ser autoridad de mesa
Los requisitos para ser autoridad de mesa son: ser elector hábil, tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años de edad, residir en la sección electoral donde deba desempeñarse, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón electoral y no estar afiliado a ningún partido político.

Las autoridades de mesa deben estar presentes durante todo el desarrollo de los comicios y solo se podrán ausentar (de a una por vez) de forma temporal. Además, deberán dejar constancia de ello en el acta complementaria.

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