• 27/08/2026
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La Justicia cuestionó un punto central de la reforma laboral y frenó la quita del 33% en indemnizaciones

La Justicia cuestionó un punto central de la reforma laboral y frenó la quita del 33% en indemnizaciones

La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral. La norma establecía un límite que podía reducir en un tercio el monto de los créditos reclamados por trabajadores que ya habían iniciado demandas.

La reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei recibió un nuevo revés en los tribunales. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que el artículo 55 de la Ley 27.802 no se ajusta a la Constitución Nacional y dejó bajo cuestionamiento uno de los mecanismos incorporados para actualizar las indemnizaciones laborales.

El fallo fue firmado por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez en el marco de una causa iniciada por un trabajador despedido de un lavadero. El reclamo había llegado a la Justicia antes de la entrada en vigencia de la nueva legislación y, justamente, ese punto fue determinante para el análisis de los magistrados.

El artículo cuestionado establecía un régimen específico para los créditos laborales que ya se encontraban judicializados. En esos casos, la actualización debía respetar un piso equivalente al 67% del resultado que surgiría de aplicar la inflación medida por el IPC más un interés anual del 3%. En términos concretos, esto podía representar una reducción de hasta el 33% respecto del cálculo previsto para otros créditos laborales.

Para los jueces, esa diferencia no constituye simplemente una modificación de la forma de calcular los intereses, sino que implica una reducción directa del valor económico que corresponde percibir al trabajador. El tribunal entendió que la norma coloca en una situación desfavorable a quienes recurrieron a los tribunales para reclamar sus derechos.

La resolución identificó además distintos puntos de conflicto con la Constitución. Entre ellos, señaló una posible afectación del derecho de propiedad, del principio de igualdad ante la ley y de las garantías vinculadas con el acceso a la Justicia. El argumento central fue que no resulta razonable otorgar un tratamiento menos favorable a un trabajador únicamente porque su reclamo ya había sido judicializado.

El pronunciamiento de la Sala I se suma a otro antecedente de la Sala VI, que también había cuestionado la constitucionalidad del artículo. Sin embargo, el escenario dentro de la Justicia laboral continúa dividido: las salas II y VIII habían considerado válida la aplicación de la norma. Esta diferencia de criterios genera incertidumbre sobre cómo continuará la aplicación del artículo 55.

La controversia podría finalmente llegar a la Corte Suprema de Justicia, que tendría la posibilidad de establecer un criterio definitivo sobre la constitucionalidad del mecanismo incorporado por la reforma laboral.

El fallo también representa un nuevo capítulo en la disputa judicial alrededor de la reforma impulsada por el Gobierno nacional. Mientras la CGT sostiene una estrategia para cuestionar distintos aspectos de la legislación ante los tribunales, desde el oficialismo se mantiene la defensa de las modificaciones aprobadas por el Congreso.

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