- 18/06/2025
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El sacerdote Bustos agotó las instancias judiciales y le rechazaron otro planteo para ir a la Corte

La Corte de Justicia decidirá si pone o no punto final a las intenciones del sacerdote Walter Bustos de ser absuelto por dos hechos de abuso sexual contra un chico de 15 años, ocurridos en 2017 en Valle Fértil, en la casa parroquial. El 28 de abril pasado, los jueces Maximiliano Blejman, Ana Lía Larrea y Renato Roca habían confirmado la condena de 10 años que, por mayoría, le impuso otro tribunal luego de revisar la sentencia que lo había absuelto por el beneficio de la duda (también por dos votos a uno). Así, el cura quedó castigado por haberse aprovechado de la inmadurez sexual de ese joven para abusar de él y corromperlo, delitos agravados por ser ministro de un culto religioso.
Ante este último fallo del mes de abril, el abogado defensor, Joaquín Moine, realizó un planteo para que le permitieran reclamar la absolución de su cliente ante la Corte de Justicia. Pero el mismo tribunal que ratificó el castigo, le cerró la puerta.
Según fuentes judiciales, el nuevo rechazo contra los argumentos defensivos se basó, principalmente, en que el defensor reiteró los cuestionamientos que realizó ante el tribunal que revocó la absolución y lo condenó, sin hacer una crítica razonada del fallo que confirmó el castigo de 10 años. Además, se lo cuestionó por hacer algo que no corresponde: una nueva valoración de hechos y pruebas, algo que no es revisable por el máximo tribunal de justicia provincial, dijeron fuentes judiciales.
La defensa había dicho que el tribunal valoró de manera desproporcionada las evidencias recolectadas por Fiscalía en relación a las que presentó la Defensa. Y que ‘esa desigualdad lesionaba el deber de neutralidad e imparcialidad’ que se le exige a los jueces. Además, argumentó que el tribunal interpretó erróneamente el concepto ‘aprovechamiento de la inmadurez sexual’, porque la víctima no estaba incapacitada para consentir. También planteó que en la figura del abuso sexual, se establece que la ‘víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción’, situación que no se acreditó porque los dos encuentros entre el religioso y el menor, fueron libres y voluntarios, sin fuerza física ni violencia o presiones psíquicas, lo que tornaba los hechos en algo atípico para ser considerados delitos.
La Defensa cuestionó, además, la aplicación del agravante (ministro de un culto religioso), porque al momento de ocurrir los hechos el menor lo percibió como ‘alguien de su confianza personal no como una figura clerical’. Y criticó la existencia de una corrupción sexual del menor, por entender que no hubo conductas concretas del cura para promover o facilitar ese delito, consta en el expediente.
Ahora, la Corte le pedirá informes al tribunal que rechazó el pedido de llegar a la última instancia provincial y luego resolverá.
Si la Corte considera que el reclamo no debe prosperar, al sacerdote aún le quedará un último recurso ante el máximo tribunal de justicia del país. Si no utiliza esa vía, la sentencia quedará firme y se le unificará con la pena de 3 años que le había impuesto la Corte, cuando revisó la sentencia por la cual se lo condenó a 1 año y 8 meses por abusar de un menor de 15 años de su entorno, también en 2017, y elevó esa pena por entender que sí cabía aplicar el agravante de ser ministro de un culto religioso.