- 11/01/2026
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El Ministerio Público Fiscal apelará las absoluciones en una causa por delitos de lesa humanidad en San Juan

El Ministerio Público Fiscal (MPF) informó que presentará un recurso de apelación contra las absoluciones de Eduardo Cardozo y Juan Francisco Del Torchio, dispuestas semanas atrás por el Tribunal Oral Federal de San Juan en el juicio por el secuestro y las torturas padecidas por Abraham Cruz Videla durante la última dictadura cívico-militar.
La decisión fue adoptada luego de que se conocieran los fundamentos de la sentencia dictada el pasado 12 de diciembre, en la que los jueces consideraron que no existían elementos probatorios suficientes para responsabilizar a los imputados como coautores de crímenes de lesa humanidad. Tras ese pronunciamiento, el fiscal federal Francisco Maldonado y el auxiliar fiscal Nicolás Ayestarán confirmaron que el planteo será elevado ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Durante el juicio oral y público, que se desarrolló en San Juan desde fines de noviembre, la fiscalía había requerido penas de ocho años de prisión para ambos acusados, a quienes señaló como responsables de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y tormentos agravados, cometidos en el marco de su desempeño como funcionarios públicos y en perjuicio de Cruz Videla.
De acuerdo con lo expuesto por el MPF, la sentencia absolutoria omitió considerar el funcionamiento sistemático del aparato represivo y la participación que habrían tenido los imputados dentro de la estructura militar de la época. En ese sentido, la fiscalía sostuvo que los hechos investigados deben ser analizados como parte de un engranaje clandestino de represión que ya operaba antes del golpe de Estado del 24 de marzo de 1976.
En relación con la víctima, se recordó que Abraham Cruz Videla, odontólogo y trabajador del Hospital de Valle Fértil, además de prestar servicios en la Asociación Obrera Minera Argentina, fue secuestrado el 19 de mayo de 1975 cuando regresaba a su vivienda en la ciudad de San Juan. El operativo militar se realizó frente a sus hijos, quienes eran menores de edad en ese momento.
Tras su detención, Cruz Videla fue trasladado por diversos centros de detención, entre ellos el Hospital Marcial Quiroga, dependencias policiales, el Regimiento de Infantería de Montaña 22, el Penal de Chimbas y la Unidad 9 de La Plata. Según los testimonios incorporados al debate, durante ese período fue sometido a agresiones físicas, interrogatorios, amenazas y tormentos, en un contexto agravado por una afección cardíaca previa.
Sin embargo, el tribunal concluyó que no se logró probar de manera documental la existencia de torturas durante su internación hospitalaria ni una vinculación directa de esos hechos con Cardozo y Del Torchio. En los fundamentos del fallo, los magistrados indicaron que ninguno de los testigos pudo ubicar con precisión a los acusados en los episodios investigados.
La privación de la libertad de Cruz Videla se prolongó por más de cuatro años y finalizó en julio de 1979. Tras recuperar su libertad, sufrió consecuencias laborales y profesionales, según consta en la causa. Falleció en 1982.
En cuanto a los imputados, Cardozo se desempeñó como jefe de Sección y responsable del área de Arsenal del Regimiento de Infantería de Montaña 22, mientras que Del Torchio ocupó el cargo de jefe de Sección de la Compañía de Infantería A. Ambos fueron juzgados como presuntos coautores mediatos y cuentan con condenas previas por delitos de lesa humanidad cometidos en la provincia.
Ahora será la Cámara Federal de Casación Penal la encargada de evaluar el recurso que interpondrá el Ministerio Público Fiscal contra la resolución absolutoria.


