• 25/05/2024
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La protección de un diseño en el sistema europeo

La protección de un diseño en el sistema europeo

Robyn Rihanna Fenty (más conocida como Rihanna) es una cantante, compositora, empresaria y filántropa. Es una de las cantantes con productos más comercializados de la industria de la música; más de 250 millones de discos vendidos alrededor del mundo”.

Por Julio Conte-Grand (*) –

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) dictó sentencia en fecha 6 de marzo de 2024 en el asunto T-647/22 | Puma / EUIPO Handelsmaatschappij J. Van Hilst (Zapatos), determinando que la divulgación anticipada de un modelo de zapato Puma por la artista Rihanna provoca la anulación de un dibujo o modelo comunitario registrado, confirmando de tal manera la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

Se entiende por registro comunitario el efectuado en las oficinas competentes de la Unión Europea (UE); a diferencia de los registros nacionales, que son los que se han realizado en algún ámbito de los países integrantes de la UE.


Las marcas de la UE y los dibujos y modelos comunitarios son válidas en todo el territorio de la UE. A su vez, las marcas de la UE coexisten con marcas nacionales. Los dibujos y modelos comunitarios coexisten con los dibujos y modelos nacionales.

Por lo demás, las solicitudes de registro de las marcas de la Unión y de los dibujos y modelos comunitarios se dirigirán a la EUIPO. Sus resoluciones son recurribles ante el TGUE.


Robyn Rihanna Fenty (más conocida como Rihanna) es una cantante, compositora, empresaria y filántropa. Es una de las cantantes con productos más comercializados de la industria de la música; más de 250 millones de discos vendidos alrededor del mundo.


Su reconocimiento se produjo con la salida del álbum Music of the Sun (2005), pero fue su tercer álbum de estudio, Good Girl Gone Bad (2007), el que la llevó a los primeros puestos de las listas, y el que le dio su primer premio Grammy.


Por otra parte, Rihanna es la fundadora de la casa de moda Fenty y la marca de belleza Fenty Beauty, y la fundadora y presidenta de la fundación Clara Lionel.


Nació en Saint Michael, Barbados, y creció en Bridgetown. En su niñez trabajó con su padre vendiendo ropa en un puesto de la calle, hasta que a los 14 años, sus padres se divorciaron.


En virtud de su fama y conocimiento internacional en 2008, el primer ministro de Barbados estableció el ‘Día de Rihanna’, una fiesta nacional en que los barbadenses celebran a la cantante. Asimismo, Rihanna fue nombrada como Embajadora para la educación, turismo, e inversiones por el gobierno de Barbados en 2018.


En relación al caso judicial antes mencionado, cabe destacar que la empresa de los Países Bajos Handelsmaatschappij J. Van Hilst (HJVH) logró que, mediante
resolución de la EUIPO de 11 de agosto de 2022, se declarase la nulidad de un dibujo o modelo comunitario de zapatillas deportivas que había sido registrado a nombre de la empresa alemana Puma en agosto de 2016.


Como fundamento de su resolución, la EUIPO señaló que, doce meses antes de la presentación de la solicitud de registro, Rihanna había lucido zapatos que mostraban un dibujo o modelo anterior de las mismas características que el dibujo o modelo registrado.


La EUIPO entendió que dicho dibujo o modelo anterior se había hecho público, lo que habilitaba la anulación del dibujo o modelo registrado.

Puma interpuso un recurso de anulación ante el TGUE respecto de la resolución de EUIPO.


Es oportuno recordar que en el sistema europeo el recurso de anulación sirve para solicitar la anulación de los actos de las instituciones de la UE contrarios al Derecho de la UE.

Bajo ciertos requisitos, los Estados miembros, las instituciones europeas y los particulares pueden interponer recurso de anulación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o ante el TGUE. Si el recurso se declara fundado, el acto queda anulado.


En apoyo de su posición, HJVH aportó imágenes extraídas de la cuenta de Instagram «badgalriri» fechadas a mediados de diciembre de 2014, en las que se daba a conocer el nombramiento de Rihanna como nueva directora artística de Puma. Estas imágenes mostraban a Rihanna con un par de zapatillas de deporte blancas con una suela negra gruesa. Dichas imágenes se reprodujeron en varios artículos en diarios digitales.


Puma sostuvo en su recurso que nadie se había interesado en el calzado de Rihanna en diciembre de 2014, y que ello demostraba que nadie había tomado conocimiento del dibujo o modelo anterior. Destacó adicionalmente que en diciembre de 2014 Rihanna era una estrella del pop mundialmente conocida, lo que implicaba que entre sus fans y los círculos especializados en el ámbito de la moda se había despertado, en esa fecha, un interés particular por los zapatos que llevaba el día de la firma del contrato en virtud del cual la estrella se convirtió en la directora artística de Puma.


El TGUE desestimó el recurso interpuesto por Puma contra la mencionada resolución. Confirmó la apreciación de la EUIPO según la cual las imágenes proporcionadas eran suficientes para demostrar que el dibujo o modelo anterior había sido divulgado y que los círculos especializados del sector de que se trata pudieron tener conocimiento de esa divulgación.

Consideró el TGUE que las imágenes extraídas de la cuenta de Instagram «badgalriri», difundidas en diciembre de 2014, permitían identificar, a simple vista o mediante una ampliación de estas fotos, todas las características esenciales del dibujo o modelo anterior.

En función de estos elementos, según el TGUE, la EUIPO pudo considerar fundadamente que el dibujo o modelo anterior había sido divulgado en diciembre de 2014,


Cabe agregar que contra las resoluciones del TGUE se puede interponer recurso de casación ante el TJUE, limitado a las cuestiones de Derecho, en un plazo de dos meses y diez días a partir de la notificación de la resolución.

El recurso de casación será sometido a un procedimiento de previa admisión a trámite.


A estos efectos, deberá ir acompañado de una solicitud de admisión a trámite en la que se exponga la cuestión o cuestiones importantes para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión que dicho recurso de casación suscita.


(*) Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires


Fuente: Publicado en Nuevo Mundoedición 934 del 24 de mayo de 2024


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