• 25/03/2026
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Salud: ¿Quién responde cuando no podés pagar?

Salud: ¿Quién responde cuando no podés pagar?

Nardi Escribe: Alfredo Nardi (*) –

En la Argentina actual, cada vez más personas enfrentan una situación angustiante: no pueden sostener el costo de su medicina prepaga. Aumentos sostenidos, ingresos que no acompañan y contratos poco claros empujan a miles a quedar fuera del sistema privado. Pero la pregunta central es: ¿qué pasa con el derecho a la salud?

La respuesta jurídica es clara, aunque muchas veces desconocida. El Derecho a la Salud no depende de la capacidad de pago. Está protegido por la Constitución Nacional, tratados internacionales con jerarquía constitucional y una vasta jurisprudencia. Es un Derecho Humano fundamental, y como tal, el Estado es el garante último de su cumplimiento.

Cuando una persona no puede seguir pagando su prepaga, no queda desamparada. Existen alternativas: el sistema público de salud debe brindar cobertura, y en muchos casos corresponde la continuidad de tratamientos esenciales sin interrupciones. Además, si hubo enfermedades preexistentes o tratamientos en curso, la interrupción puede ser judicialmente cuestionada mediante acciones de amparo, con medidas cautelares urgentes.

También es clave analizar si hubo aumentos abusivos o falta de información adecuada. En esos casos, el usuario no solo tiene derecho a reclamar, sino también a exigir la revisión de su situación contractual.

El problema, sin embargo, no es solo legal: es profundamente social. La fragmentación del sistema de salud argentino deja a los sectores medios en una zona gris, donde no califican para ciertos beneficios, pero tampoco pueden sostener costos privados.

Por eso, el desafío es doble. Por un lado, informar y empoderar al ciudadano para que ejerza sus derechos. Por otro, exigir políticas públicas que garanticen un sistema de salud más equitativo, accesible y transparente.

Porque la salud no puede ser un privilegio. Es, y debe seguir siendo, un derecho.

(*) Abogado especialista en Derecho de Salud

Fuente. Publicado en El Nuevo Diario, edición 2184 del 21 de marzo de 2026

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