- 07/09/2026
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Caso Brisa Gallardo: la prioridad de paso divide a especialistas y a la Justicia

El choque fatal de Ignacio de la Roza y Catamarca abrió una fuerte discusión sobre quién debía ceder el paso. Dos especialistas sostienen que prevalece la derecha, mientras que la Fiscalía afirma que la prioridad era de Brisa porque circulaba por la avenida. La controversia ya llegó a Tribunales y podría convertirse en un caso testigo.
La muerte de Brisa Gallardo, de 20 años, después del choque ocurrido en avenida Ignacio de la Roza y Catamarca, abrió una polémica que excede la investigación penal: ¿quién tenía realmente prioridad de paso en esa esquina?
La discusión enfrenta interpretaciones distintas de la normativa vigente en San Juan. Por un lado, especialistas en Seguridad Vial y Derecho sostienen que debe aplicarse la regla general de la prioridad de quien aparece por la derecha. Por otro, el Ministerio Público Fiscal considera válida la reglamentación provincial que concede prioridad a quien circula por una avenida.
En el caso concreto, esa diferencia es determinante.
Brisa Gallardo circulaba en una motocicleta Gilera 150 cc de oeste a este por avenida Ignacio de la Roza, mientras que Mateo Joaquín Argüello Medawar, de 18 años, avanzaba en un Peugeot 3008 de sur a norte por calle Catamarca. Es decir, el automóvil aparecía a la derecha de la motociclista. El choque ocurrió el 21 de agosto alrededor de las 16.30. Gallardo sufrió gravísimas lesiones y murió después de permanecer tres días internada.
Ese dato aparentemente sencillo es el centro de una disputa jurídica que quedó expuesta durante la audiencia de formalización contra Argüello Medawar.
Jorge Ibáñez: “Siempre tiene prioridad la derecha”
Uno de los que tomó posición pública fue Jorge Ibáñez, técnico en Seguridad Vial, quien sostuvo que el criterio principal debe buscarse en el artículo 41 de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
Para Ibáñez, la regla es clara: “Siempre tiene prioridad la derecha”.
El especialista cuestionó la idea extendida entre los conductores de que circular por una avenida otorga automáticamente preferencia.
“Más allá de un decreto, una ley provincial que me diga que la prioridad la tiene, por ejemplo, una avenida o una calle de mayor jerarquía, siempre hay que respetar lo que establece la ley madre”, señaló.
Incluso explicó que, si se pretende darle prioridad específica a una avenida, debería existir señalización que elimine cualquier duda, como un cartel de PARE o un semáforo.
Según esta interpretación, en el choque de Ignacio de la Roza y Catamarca la prioridad habría correspondido al automóvil de Argüello Medawar, porque ingresaba a la intersección desde la derecha de la motocicleta.
Pascual Alferillo también cuestionó la prioridad de las avenidas
Una posición similar planteó Pascual Alferillo, exjuez de Cámara, quien cuestionó la reglamentación provincial por haber equiparado las avenidas con vías de mayor jerarquía previstas como excepciones en la legislación nacional.
Alferillo sostuvo que la norma local genera confusión porque lleva a muchos automovilistas a considerar que transitar por una avenida concede preferencia frente a quien aparece desde la derecha.
El exmagistrado remarcó que la prioridad debe interpretarse de manera categórica y que quien no la tiene debe detener la marcha, observar y ceder el paso. También reclamó reglas uniformes para evitar no sólo nuevos accidentes, sino consecuencias judiciales diferentes ante situaciones similares.
Su postura coincide, en lo esencial, con la de Ibáñez: la avenida por sí sola no debería desplazar la regla de prioridad de la derecha.
Iván Grassi: la prioridad era de Brisa
La Fiscalía sostiene exactamente lo contrario.
El fiscal de la UFI Delitos Especiales Iván Grassi afirmó que, para el Ministerio Público Fiscal, quien tenía prioridad en esa esquina era Brisa Gallardo.
“Hemos considerado que la víctima en este hecho tenía la prioridad de paso por ir circulando por la avenida Ignacio de la Roza y no la derecha que llevaba el imputado que iba por calle Catamarca”, explicó Grassi.
El argumento fiscal se basa en que San Juan tiene competencia para reglamentar el tránsito dentro de su territorio y establecer excepciones vinculadas con la jerarquía y fluidez de determinadas arterias.
“Consideramos que es una competencia de las provincias, una zona de reserva, la regulación del tránsito provincial por su fluidez”, sostuvo el fiscal.
Según esta lectura, el decreto reglamentario provincial que concede prioridad a las avenidas es válido y, por lo tanto, Argüello Medawar debía ceder el paso a la motocicleta que transitaba por Ignacio de la Roza.
La defensa llevó la discusión al terreno constitucional
La controversia dejó de ser académica durante la audiencia judicial.
Los abogados defensores de Argüello Medawar, José Manuel Beltrán y Miguel Rodríguez, plantearon la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la reglamentación provincial.
Su posición fue que la Ley Nacional de Tránsito establece como principio que la prioridad de quien circula desde la derecha es absoluta y que una norma reglamentaria provincial no puede modificar ese criterio.
La defensa sostuvo que existen “grises” normativos y cuestionó que mediante una reglamentación local se introduzca una excepción que, según su interpretación, no surge de la legislación nacional a la cual adhirió San Juan.
Ese planteo, de prosperar, modificaría completamente la lectura penal del choque: si se reconociera que Argüello Medawar tenía prioridad por venir desde la derecha, uno de los principales fundamentos utilizados por Fiscalía para atribuirle una infracción de tránsito quedaría bajo discusión.
Qué resolvió la jueza Gloria Chicón
La jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón no acompañó el planteo de la defensa en esta instancia.
La magistrada consideró que la adhesión a la legislación nacional no impide a las provincias establecer regulaciones propias y entendió que no surgía una inconstitucionalidad evidente que impidiera continuar con la investigación.
Por eso permitió avanzar con la formalización de la causa y fijó un plazo de un año de Investigación Penal Preparatoria.
Argüello Medawar quedó imputado provisoriamente por homicidio culposo vinculado con la conducción de un vehículo y continuará el proceso en libertad.
Deberá presentarse mensualmente en una comisaría y necesitará autorización para salir del país. La jueza, además, rechazó el pedido de la querella para retirarle el carnet de conducir, por lo que conserva su licencia mientras avanza el expediente.
Un dato que cambia el eje de la investigación
La propia Fiscalía informó que hasta el momento no se detectaron alcohol, drogas ni exceso de velocidad por parte del conductor del Peugeot.
Esto vuelve todavía más relevante la discusión sobre la prioridad de paso.
Grassi explicó que se trata de un siniestro sin esos agravantes y que la investigación se concentra, entre otros aspectos, en las obligaciones que tenía cada conductor al ingresar a la intersección.
Así, determinar quién debía frenar no es una cuestión secundaria: puede tener incidencia directa sobre la atribución de responsabilidad penal.
Una discusión que San Juan arrastra desde hace años
El problema de fondo es que no existe una interpretación absolutamente uniforme.
El propio fiscal Grassi reconoció que hay fallos del fuero civil sanjuanino con criterios diferentes sobre la validez de la reglamentación provincial. Algunos tribunales cuestionaron su constitucionalidad y otros sostuvieron la postura contraria.
Además, según explicó, la cuestión todavía no cuenta con una definición definitiva de la Corte de Justicia provincial que termine con las interpretaciones contrapuestas.
“La incidencia que esto tenga en el ámbito penal es importante”, reconoció Grassi.
La polémica que se extendió después del choque refleja, por lo tanto, algo más profundo que una diferencia de opiniones entre conductores.
Ibáñez y Alferillo sostienen que manda la derecha. Beltrán y Rodríguez llevaron ese mismo criterio a la defensa judicial del imputado. Grassi afirma que manda la avenida bajo la normativa sanjuanina. Y Chicón, al menos en esta etapa del proceso, permitió que la investigación avance bajo la validez de la regulación provincial.
El expediente por la muerte de Brisa Gallardo tendrá ahora un año de investigación y la discusión normativa probablemente continuará en instancias superiores. Su resolución puede trascender ampliamente este caso: una definición judicial de fondo podría terminar estableciendo qué regla deben aplicar los conductores sanjuaninos cuando en una esquina se enfrentan dos principios que hoy generan interpretaciones opuestas: la prioridad de la derecha y la prioridad de una avenida.


