• 23/02/2024
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La justicia ordenó la explusión de un extranjero condenado por abuso sexual

La justicia ordenó la explusión de un extranjero condenado por abuso sexual

La medida la adoptó el juez de Ejecución Penal Federico Zapata , iniciando el proceso con Migraciones y Policía Federal.

E la jornada de este viernes 23 de febrero, se conoció la disposición del juez de Ejecución Penal de Primera Nominación Federico Zapata , ordenó expulsar del país a un extranjero de nacionalidad boliviana que cumple condena firme en el Servicio Penitenciario Provincial.

La Dirección Nacional de Migraciones, organismo que se encarga de realizar los trámites administrativos para concretar las expulsiones, solicitó la medida en el marco de una concreción de la política migratoria argentina, y deberá tomará los recaudos para cumplir con la resolución judicial, concretando la expulsión y tomar las medidas para evitar el reingreso en la República Argentina.

Para concretar el traslado del extranjero condenado, el Servicio Penitenciario Provincial deberá coordinar y pedir colaboración a Migraciones- delegación San Juan, Policía Federal Argentina o de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; del Departamento Interpol de Bolivia y el de Buenos Aires, y al Consulado del Estado Plurinacional de Bolivia en Buenos Aires.

Este tipo de resoluciones judiciales, jurídicamente llamadas “de extrañamiento”, se realiza en función del procedimiento previsto en la Ley de Migraciones por cometer determinados delitos previstos en el Código Penal Argentino, cuando el extranjero condenado ya cumplió la mitad de la condena. En este caso, la persona está detenida en el Servicio Penitenciario Provincial desde agosto del 2018 y el total de la pena se cumple en el 2027. Se trata de Marcelo Villalobos Solis, de nacionalidad boliviana.

El extranjero fue condenado en junio del 2019 por la Sala Segunda de la Cámara Penal y Correccional a la pena de 6 años de prisión por el delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal”. Y en septiembre de 2019 a la condena de 3 años de cumplimiento efectivo y 7 años de inhabilitación por Homicidio Culposo. En el 2021, la Sala Segunda de la Cámara Penal unificó las condenas con la pena única de 8 años y 10 meses de prisión efectiva, declarando la reincidencia.

En caso de incumplimiento, además de las nuevas sanciones legales en las que incurrirían, el juez Dr. Zapata dispone en la resolución que deberá quedar detenido en calidad de condenado para continuar con el cumplimiento de la pena y luego ser expulsados nuevamente.

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