- 08/09/2023
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El rol de un Ministerio Público en materia de salud mental


Según se determina en el art. 1 de la Ley 14.442, orgánica del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires, esta institución, que integra el Poder Judicial bonaerense, “actúa con legitimación plena en defensa de los intereses de la sociedad y en resguardo de la vigencia equilibrada de los valores jurídicos consagrados en las disposiciones constitucionales y legales”.
Estas prescripciones, que instauran de modo genérico los fines del Ministerio Público, remiten a los sistemas constitucionales y normativos provincial y nacional, y, en su consecuencia, al sistema internacional, singularmente al de los derechos humanos.
En mérito de todos estos envíos y reenvíos, se ratifica el reconocimiento de la persona humana como núcleo y base de todo el sistema jurídico y de los fines del proyecto institucional y del plan estratégico del Ministerio Público. Afirmaciones que poseen validez, en sentido amplio, respecto de todo Ministerio Público en las diferentes jurisdicciones en el ámbito nacional.
Derivado de ello, cabe afirmar que se asume como responsabilidad primaria la tutela de las personas en situación de vulnerabilidad, tal el caso, por ejemplo, las personas que sufren algún padecimiento mental.
Acogiendo los cambios producidos en el sistema de salud mental, vertebralmente por la ley nacional 26.657, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires ha dicho que: “luce ostensible que el concepto de salud mental ha dejado de ser una noción estrictamente pericial para pasar a tener un contenido mucho más amplio (…), en tanto ha sido superada aquella concepción generalizadora de discapacidad terminal que llevaba a una tuición predominantemente aislante del paciente, por otra que reconociendo su estado de vulnerabilidad, procura su posible habilitación y/o rehabilitación, sea total o aún parcial, en un marco de respeto de su personalidad moral y dignidad, preservando al extremo su autónomo desenvolvimiento residual en el seno de su comunidad”.
Estas apreciaciones son consecuentes con la progresiva transformación del sistema de salud mental, el que significó un abandono del sistema de sustitución de la voluntad, y su remplazo por un sistema de acompañamiento o de apoyos.
Es también ese el eje y el horizonte del trabajo del Ministerio Público de la provincia de Buenos Aires en esta temática y su participación en el engranaje general y complejo del sistema público que se ocupa de poner en ejercicio dichas normas, protegiendo de un modo particular, a las personas con padecimientos mentales.
En materia de salud mental, la acción del Ministerio Público es muy rica a partir de la intervención necesaria de asesores de incapaces, la función de la defensa pública y las curadurías oficiales que dependen funcionalmente de un Curador General.
Cada uno de esos roles -bien diferenciados- se complementan para un mejor servicio de justicia en favor de las personas con padecimientos mentales.
Entre otras funciones, los integrantes del Ministerio Público Tutelar tienen legitimación para solicitar la declaración de incapacidad o capacidad restringida; solicitar y/o fiscalizar la revisión de la sentencia y son parte complementaria en los procesos de determinación de la capacidad.
De su lado, los representantes del Ministerio Público de la Defensa, ejercen la defensa técnica y letrada de las personas en cuyo favor se lleva adelante el proceso cuando la persona no tiene recursos económicos suficientes.
Mientras que los integrantes de las curadurías oficiales -más allá de la denominación que, al igual que en el caso de asesores, ha quedado desactualizada con el nuevo paradigma de la salud mental- asumen su intervención a partir de la designación judicial, cuando la persona con capacidad restringida o incapacidad carece de familiares o éstos no pueden asumir su cuidado, o ante la falta de personas de su confianza y de bienes. Sus funciones se encuentran especificadas en la sentencia de restricción a la capacidad y lo determinado por los artículos 32, 43, 138 y concordantes del Código Civil y Comercial, según el caso.
La función de apoyo de las curadurías oficiales, a su vez, puede ser ejercida -según la designación y alcance que judicialmente se establezca sobre la determinación de la capacidad jurídica- juntamente con otras personas o instituciones, asumiendo cada quien roles diversos.
En este marco, las catorce curadurías oficiales existentes en la provincia de Buenos Aires, cuentan para llevar a cabo su tarea con un equipo interdisciplinario conformados por profesionales de la abogacía, las ciencias económicas y el trabajo social, que contribuyen a lograr una creciente mayor autonomía de las personas que asisten, conformando su actuación con lo dispuesto por las normas específicas de organización del Ministerio Público y con la reglamentación interna del Poder Judicial.
Para dimensionar la tarea el sistema de Curadurías en la provincia de Buenos Aires asiste hoy a más de 6.200 personas. La Curaduría General, por su parte, básicamente coordina dicho trabajo y se ocupa de las relaciones interinstitucionales.
Asimismo, tiene bajo su órbita la Dirección de Salud Mental que -entre otras acciones- coordina las oficinas judiciales de los Hospitales Dr. Alejandro Korn, Colonia Nacional Dr. Manuel A. Montes de Oca y Hospital Interzonal Dr. Domingo Cabred, a través de las cuales -además de informar estados evolutivos de pacientes internados a las curadurías oficiales correspondientes-, en un trabajo conjunto con los equipos interdisciplinarios de los Hospitales, se detectan personas que pueden vivir en la comunidad y se comienza a trabajar en los proyecto de externación y reinserción con las curadurías correspondientes.
A su vez, del universo total de las personas asistidas por las curadurías oficiales, 1411 se encuentran internadas en nosocomios públicos.
Algunos de los desafíos que tiene el Ministerio Público bonaerense por delante son seguir fortaleciendo la escucha activa; el acompañamiento de las familias de las personas en situación de discapacidad; actuar como salvaguardia de los sistemas de apoyo para que éstos procuren la mayor autonomía posible de las personas con padecimiento mental; incrementar el trabajo en red y la comunicación con el Poder Judicial en su conjunto, con los Municipios y con los efectores públicos provinciales; y trabajar para que haya una mayor accesibilidad –en lo que se está trabajando también a partir de las Mesas de Acceso a la Justicia de las personas en situación de discapacidad y la específica en materia de salud mental, que se han creado en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia y de las que el Ministerio Público forma parte-.
(*) Procurador General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Fuente: Nuevo Mundo, edición 788 del 8 de septiembre de 2023


