• 14/08/2024
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La asignación mensual y vitalicia del presidente

La asignación mensual y vitalicia del presidente

Alejandra Domanico Por Alejandra Dománico (*) –

La Fundación Apolo presentó una nota en la ANSES en la que reclamó que el organismo dé de baja a la pensión vitalicia que percibe Alberto Fernández como expresidente de la Nación. Lo fundan en la convicción que no cumple con los requisitos de “mérito y honor” base de ese pago. Esto tras la denuncia de su expareja Fabiola Yáñez por violencia de género, mencionando la petición otros casos judiciales donde dicen también está involucrado.

¿Es posible que la asignación que el Estado paga a quien ha desempeñado el cargo de presidente de la Nación, una vez cesado en él, pueda ser alterada?

En primer término, es necesario aclarar que las asignaciones que el estado paga a presidentes y vicepresidentes una vez que dejan el cargo denominadas “Asignación Mensual Vitalicia”, tiene como únicos requisitos: haber ejercido el cargo de presidente o Vice; no haber sido destruido por Juicio Político y residir en el País (art. 1 y 29 de la Ley 24.018/91).

Es decir, que a diferencia de otro cualquier ciudadano, no se requiere para su otorgamiento, contar con los requisitos de la edad ni de años de aportes (60 las mujeres y 65 los hombres y 30 años de aportes conforme ley 24.241 del Régimen General). Se cobra inmediatamente luego del cese de la función, no tiene prevista causal de perdida, (es vitalicia), y se transmite, si fallece el beneficiario, a su cónyuge o conviviente y a sus hijos menores de edad o que tuvieren alguna discapacidad. El monto fijado es el de Ministro de Corte de la Nación en ejercicio, para el presidente y un 75% de ese monto, para el vice

En consecuencia, por ejemplo, el Dr. Adolfo Rodríguez Saá, percibe desde el 2001, por una semana en ejercicio del cargo de presidente, esta asignación mensual vitalicia, también lo percibe el exvicepresidente Amado Boudou quien cuenta con condena Penal en su contra.

Tomando la pregunta, a nuestro criterio, NO sería posible, dentro del marco legal vigente, suspender o retirar este beneficio a exmandatarios que ya la tengan otorgada, ni por condenas y menos denuncias en su contra, por reprochable que resulte la conducta que se le acusa o atribuye.

Más de un proyecto de ley han llegado al Congreso con intención de modificar esta norma. En algunos casos se ha propuesto que al menos para poder percibir esta Asignación el interesado deba haber ejercido como mínimo un 60% del tiempo del total previsto para el mandato de la presidencia (dos años y cuatro meses, de los cuatro del mandato). Otros han sumado la posibilidad de suspenderla o eliminarla si en forma sobreviniente se constaren hechos de inconductas que deriven en condenas penales y otras causales semejantes.

Si cualquier iniciativa en este sentido se convirtiere en ley, sería difícil aplicarlo a quienes ya se encuentran percibiendo este beneficio, por el derecho adquirido y la por la imposibilidad de aplicar retroactivamente una ley que restrinja un beneficio.

Para concluir compartimos información oficial: Cobran al día de la fecha este beneficio: María Estela Martínez de Perón, Adolfo Rodríguez Saa, Cristina Fernández de Kirchner, Mauricio Macri, Alberto Fernández, Julio Cobos, Daniel Scioli, Amado Boudou, Gabriela Michetti. También las cónyuges supérstites (viudas) de cuatro expresidentes (incluye a Cristina Fernández que cobra por Néstor Kirchner) y la hija del exmandatario Tomas Guido (Boletín Estadísticas de la Seguridad Social).

 


(*) Abogada, delegada provincial de la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina,
exjuez de Paz letrada, integrante de la comisión directiva de Conciencia San Juan


Fuente: Publicado en Nuevo Mundoedición 986 del 13 de agosto de 2024


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