• 09/03/2026
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Salud o negocio. El fallo que pone en jaque a las prepagas

Salud o negocio. El fallo que pone en jaque a las prepagas

Nardi Escribe: Alfredo Nardi (*) –

El expediente “Rubio, Patricia Margarita c/ OSDE s/ amparo” dejó de ser un conflicto individual para transformarse en un símbolo de una problemática estructural: los aumentos sostenidos y desproporcionados de las empresas de medicina prepaga.

 Lo que está en juego es el Derecho a la Salud, protegido por la Constitución Nacional y por tratados internacionales con jerarquía constitucional. Cuando una cuota aumenta por encima de la capacidad económica del afiliado, la consecuencia no es meramente financiera: es la exclusión del sistema. Para miles de Argentinos quedar afuera no es una opción.

El caso pone bajo la lupa a una de las principales prestadoras del país, pero la discusión trasciende a una sola empresa. El interrogante es más profundo: ¿puede el mercado regular por sí solo un servicio esencial? ¿Es razonable que la libertad empresarial prevalezca sobre el acceso efectivo a la cobertura médica?

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La Justicia comienza a marcar límites. El principio de razonabilidad exige que los incrementos no sean arbitrarios ni confiscatorios. De lo contrario, se desnaturaliza la función social del servicio y se vulnera el equilibrio contractual en perjuicio del consumidor.

Este amparo podría convertirse en un punto de inflexión. Si el criterio se consolida en instancias superiores, abrirá la puerta a una revisión judicial más estricta sobre las políticas de aumento.

La salud no puede ser tratada como un bien de lujo ni como una variable de ajuste. Cuando la rentabilidad desplaza a la protección de las personas, el Estado y los tribunales están obligados a intervenir.

La sociedad observa, y espera el camino que marque la Justicia.

Abogado especialista en Derecho de Salud – Matricula Federal: T° 150 F° 84 – Matricula Provincial 2836 – Mail: [email protected] – Instagram: alfredonardiestudio – Celular: 264-4608778


Fuente: Publicado en El Nuevo Diario, edición 2182 del 7 de marzo de 2025

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