• 04/07/2025
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Aumentaron los valores de las multas de tránsito

Aumentaron los valores de las multas de tránsito

Conducir sin licencia, en estado de ebriedad o negarse a un control de alcoholemia, pueden alcanzar los $447mil.

Estan en vigencia los nuevos montos de las multas de tránsito de acuerdo a lo informado por la Secretaría de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, área que tiene bajo su órbita los Juzgados de Faltas de la provincia.

La actualización surge del nuevo valor de la Unidad Fija (UF), que pasó a ser de $1.490. A partir de este cambio, las infracciones más graves, como conducir sin licencia, en estado de ebriedad o negarse a un control de alcoholemia, pueden alcanzar los $447.000 en el caso de camiones y transporte público.

Para los conductores de autos y camionetas, circular sin la licencia habilitante o alcoholizado implica una multa de $372.500, mientras que para motociclistas la sanción por esas mismas faltas oscila entre $149.000 y $223.500.

Desde la Secretaría de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos remarcaron que «las multas no son una cuestión recaudatoria, sino un mecanismo para ordenar el tránsito, generar conciencia y reducir los siniestros viales». Además, recordaron que los Juzgados de Faltas son los encargados de tramitar y sancionar cada una de las infracciones.

Otras faltas habituales también sufrieron incrementos:

Circular sin Revisión Técnica Obligatoria (RTO): $372.500

No llevar cinturón de seguridad: $223.500

Falta de casco protector o su uso inadecuado: $223.500

Falta de seguro obligatorio: $298.000

Circular sin tarjeta de identificación del vehículo: $223.500

Cruzar semáforos en rojo o circular en contramano: $372.500

Estacionar en doble fila: $74.500

Usar el celular al conducir: $74.500

No asir el volante con ambas manos: $74.500

No portar chaleco reflectivo: $149.000

Desde el Ministerio de Gobierno anticiparon que se intensificarán los controles en calles y rutas, con la intervención de las fuerzas de seguridad y los Juzgados de Faltas. La autoridad reiteró que el cumplimiento de las normas de tránsito es obligatorio y que las reincidencias o faltas graves pueden derivar en la retención del vehículo y la inhabilitación para conducir.

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