- 02/07/2026
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Revocaron la prisión preventiva y liberaron al conductor condenado por la tragedia en 9 de Julio

La Justicia hizo lugar al planteo de la defensa de Marcos Gabriel Pereyra y resolvió que continúe el proceso en libertad hasta que la condena quede firme. El hombre había sido sentenciado a cuatro años de prisión por el choque en el que murieron dos personas.
La Justicia resolvió este miércoles dejar sin efecto la prisión preventiva de Marcos Gabriel Pereyra, quien días atrás fue condenado a cuatro años de prisión efectiva por la tragedia vial ocurrida el 19 de enero de 2025 en el departamento 9 de Julio, donde perdieron la vida Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende.
La decisión fue adoptada durante una audiencia de impugnación de medidas cautelares, luego de que la defensa del condenado cuestionara la orden de detención dispuesta junto con la sentencia, pese a que el fallo todavía no adquirió firmeza.
El tribunal que intervino en el juicio había impuesto a Pereyra una pena de cuatro años de prisión efectiva, además de ocho años de inhabilitación para conducir vehículos. Al mismo tiempo, había ordenado que comenzara a cumplir la condena de manera inmediata en el Servicio Penitenciario Provincial mediante prisión preventiva.
Frente a esa resolución, los abogados defensores, Nadia Ludmila Derka y Marcelo Fernández, presentaron un recurso al sostener que el acusado había permanecido en libertad durante toda la investigación y el desarrollo del juicio, sin incumplir ninguna de las medidas impuestas, por lo que entendían que no existían motivos suficientes para privarlo de su libertad antes de que la sentencia quedara firme.
Tras analizar el planteo, el juez de Impugnación resolvió revocar la medida cautelar y ordenó que Pereyra recupere la libertad mientras continúa la tramitación de la causa en las instancias superiores.
La abogada Nadia Derka explicó que el fundamento central de la resolución se apoya en el principio constitucional de inocencia, que establece que toda persona debe ser considerada inocente hasta que exista una condena firme.
En ese marco, sostuvo que una sentencia que aún puede ser revisada no constituye, por sí sola, un motivo suficiente para disponer una prisión preventiva. Agregó que una restricción de la libertad únicamente puede justificarse cuando se acreditan riesgos procesales concretos, como la posibilidad de fuga o de entorpecer el proceso judicial, circunstancias que —según planteó la defensa— no estaban presentes en este caso.
Asimismo, remarcó que cualquier decisión que limite la libertad de una persona debe estar debidamente fundada y respetar el principio de proporcionalidad para evitar resoluciones arbitrarias.
De esta manera, Pereyra continuará el proceso judicial en libertad hasta que la condena quede firme o los tribunales superiores dicten una resolución definitiva.
La tragedia
El hecho que dio origen a la causa ocurrió el 19 de enero de 2025 en el departamento 9 de Julio. De acuerdo con la investigación judicial, Pereyra conducía una camioneta Toyota Hilux cuando protagonizó el siniestro que provocó la muerte de Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende, además de causar lesiones a una mujer.
La investigación determinó que el conductor manejaba bajo los efectos de sustancias estupefacientes al momento del impacto, circunstancia que fue determinante para la condena por homicidio culposo agravado por conducción imprudente de un vehículo con motor.


