• 04/09/2023
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Prepagas: qué trámite debe hacerse para no tener aumentos de cuotas 

Prepagas: qué trámite debe hacerse para no tener aumentos de cuotas 

Cuando, en enero de 2024, los afiliados a la medicina prepaga deban abonar las cuotas de sus planes de salud, se encontrarán con una suba que será equivalente al incremento que haya acumulado el índice que mide los costos de salud en cuatro meses. Esto será así, según explicó a LA NACION el presidente de la Unión Argentina de Salud, Claudio Belocopitt, porque la medida de congelamiento anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa, dos semanas después de la devaluación oficial del peso, implica una “suspensión” de la aplicación de las subas.

Es decir, no habrá un pago retroactivo por las cuotas que se abonarán -sin actualización, en caso de cumplirse con los requisitos dispuestos y de haber hecho una declaración jurada, siguiendo los pasos que se detallan en esta misma nota- en octubre, noviembre y diciembre. Pero, al retomarse la dinámica de las alzas que rige hasta ahora, se acumularán los porcentajes de referencia de cada uno de esos meses, y esa suba de costos se incorporará a los precios.

La decisión de que las cuotas se mantengan sin variación durante tres meses significa, así, un alivio temporal para los usuarios. Pero, a la vez, implica patear para una suba de precios (y del índice de inflación) para después de las elecciones presidenciales. Massa, candidato presidencial por el oficialismo, anunció el domingo 27 de agosto, a través de un video de Instagram y de manera inconsulta, que se dispondría un congelamiento de las cuotas por 90 días, como una forma de aliviar el fuerte impacto en los precios que tuvo la devaluación del día posPASO.

La medida no se oficializó todavía. En los últimos días, los referentes de la actividad mantuvieron conversaciones con funcionarios de Economía, que derivaron en un comunicado dado a conocer el fin de semana, en el que se expresó que se había llegado a un acuerdo por los precios. Lo pactado, que incluye beneficios impositivos para el sector prestador y financiador de la salud (clínicas, otros prestadores y prepagas), implica que no se aplicarán subas a las cuotas a pagar por los afiliados en octubre, noviembre y diciembre.

La factura que se abona en estos primeros días de septiembre, en cambio, sí tiene el aumento de 7,18% (o del 5,58%, en caso de los usuarios con suba topeada) que el Gobierno ya había autorizado más de un mes atrás.

A los referentes del sector privado de la salud, tanto a las prepagas como a los prestadores, el anuncio del congelamiento les cayó como un balde de agua fría, en un contexto en el que estaban manifestando su preocupación por los efectos de la devaluación y por las dificultades para importar insumos para las prestaciones. Según un índice específico elaborado por el Gobierno y publicado por la Superintendencia de Servicios de Salud para la actualización de las cuotas, en los últimos tiempos los costos de la prestación de salud subieron a un ritmo mensual de entre un 7% y casi un 9%.

Los requisitos y el paso a paso para acceder al congelamiento

Un dato central a tener en cuenta para el período de congelamiento es que no es algo que sucederá de manera automática ni de forma generalizada. Según puntualizó Belocopitt, el acuerdo al que se llegó con Economía incluye que los usuarios deberán completar una declaración jurada online y cumplir con el requisito de que en el grupo familiar los ingresos no superen los $2 millones mensuales, en bruto.

Además, agregó el ejecutivo, se dispondrá que, para no tener la suba de cuotas durante tres meses, se deberá estar en las mismas condiciones patrimoniales que se le exigen a quienes piden los subsidios para las tarifas de gas y electricidad. No accederán al congelamiento, concretamente, quienes tengan tres o más vehículos que tengan una antigüedad menor a cinco años una determinada cantidad de inmuebles. También quedarán al margen quienes posean una embarcación, una aeronave de lujo o sean titulares de activos societarios, “que exterioricen capacidad económica plena”.

La Superintendencia de Servicios de Salud, en tanto, habilitó esta tarde el formulario para solicitar “la suspensión provisoria de la aplicación de actualización de valores de planes de empresas de medicina prepaga”. En el instructivo se indica que deberá completarse “sin omitir ni falsear ningún dato”. El trámite implica darle la autorización al Gobierno para verificar la veracidad de los datos, con cruces de la información con la que cuentan organismos como la AFIP.

La declaración, que en principio habría que realizar en cada uno de los tres meses (la actual sería para las cuotas de octubre, que tienen previsto un aumento de 6,97%), consiste en marcar la opción “sí” o “no” a las siguientes afirmaciones, todas de manera conjunta (en caso de marcar “no”, claro, no regirá el congelamiento):

  • Mi grupo familiar NO posee ingresos brutos mensuales iguales o superiores a $ 2.000.000 (dos millones de pesos).
  • Mi grupo familiar NO es propietario de DOS (2) o más inmuebles.
  • Mi grupo familiar NO es propietario de TRES (3) o más vehículos (excepto los hogares donde exista al menos uno o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad).
  • Mi grupo familiar NO es propietario de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP.
  • Mi grupo familiar NO es titular de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

Luego, también se debe marcar “sí” a la afirmación: “Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros Organismos”.

¿Cómo se llega al formulario? Quienes no lo hayan hecho antes (para pedir topes a las subas de algunos meses de este año), deberán ingresar, como primer paso, a la página de la AFIP con clave fiscal e ir, entre las opciones de “Mis Servicios”, a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, o bien escribir, en un buscador que aparece en la pantalla principal, la palabra “SSSalud”. Si se opta por lo primero, se desplegará un listado de organismos estatales; se debe clikear en el logo de la Superintendencia de Servicios de Salud y, entre los títulos que se despliegan, elegir Mi SSSalud.

Luego, confirmar la adhesión, desloguearse y volver a entrar a la página de la AFIP, para chequear que el servicio haya quedado incorporado. Una vez hecho esto, se podrá ingresar desde la página https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/ (se pide clave fiscal) a los servicios interactivos de la Superintendencia, entre los que se debe elegir el correspondiente a la declaración jurada de ingresos. También se puede ingresar desde la propia página de la AFIP, clickeando “Mi SSSalud” que -si previamente se hizo el ya mencionado trámite de habilitación- aparecerá entre los títulos de “Mis servicios”.

En el formulario, el primer dato que se pide es el de la prepaga a la cual la persona está afiliada. Hay que seleccionar la opción correcta en un listado, ingresando el número de CUIT de la entidad o escribiendo las primeras letras de la denominación. Y, luego, responder “sí” o “no”, según lo ya explicado.

Hasta la semana última, estaba vigente otro formulario, el que se estableció a inicios de este año -con vigencia hasta julio de 2024-, por el cual quienes tienen ingresos de un monto no mayor salario mínimo multiplicado por seis, pueden pedir que se les aplique una suba topeada. Ese techo equivale al 90% de la variación mensual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Ese mecanismo se retomaría, según lo previsto, en el primer mes de 2024.

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