• 02/04/2024
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Apertura de sesiones: este miércoles 3 de abril el Gobernador dará su discurso anual

Apertura de sesiones: este miércoles 3 de abril el Gobernador dará su discurso anual

La Cámara de Diputados de San Juan llevará a cabo la apertura oficial del período ordinario de sesiones 2024.

Mañana miércoles 3 de abril, el gobernador Marcelo Orrego hablará ante la Cámara de Diputados de San Juan para dar inicio al periodo de sesiones ordinarias 2024.

La Legislatura invita a todos los sanjuaninos a seguir la transmisión en vivo a través de las redes sociales (Facebook: Cámara de Diputados de San Juan) o el sitio informativo oficial de https://diputadossanjuan.gob.ar/

Sobre la Sesión y Orden del Día

Es oportuno consignar que la Cámara de Diputados debe reunirse en sesiones del período ordinario todos los años desde el primer día hábil del mes de abril, de acuerdo con el artículo 152º de la Constitución de la provincia.

Asimismo, conforme lo dispuesto por el artículo 189º inciso 6 de la Constitución de la provincia, el Gobernador o quien ejerza el Poder Ejecutivo, debe informar a la Cámara de Diputados, al iniciarse cada período ordinario de sesiones, el estado general de la administración, el movimiento de fondos que se hubiera producido dentro o fuera del presupuesto general durante el ejercicio económico anterior y de las necesidades públicas y sus soluciones inmediatas.

Además, el artículo 145º de la Constitución de la provincia y el artículo 32º del Reglamento Interno establecen que la Cámara nombra anualmente, durante la primera sesión del período ordinario, un Vicepresidente Primero y un Vicepresidente Segundo de entre sus integrantes y también la Ley Nº 501-E dispone la designación de un Vicepresidente Alterno.

Por otra parte, en virtud de los artículos 220º y 221º de la Constitución de la provincia y el artículo 110º del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados, en la primera sesión, debe dividirse por sorteo en dos salas para la tramitación del Juicio Político. Cada Sala debe elegir a la diputada o diputado que la presida y asimismo, la Sala Acusadora debe nombrar los miembros de la Comisión Investigadora.

También, el orden del día establece que los diputados deberán designar en la Primera Sesión:

  • Siete (7) Diputados para integrar la Comisión Legislativa Especial que ejerce la coordinación entre la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo, a los efectos del cumplimiento del artículo 23 de la Ley N° 532-A.
  • Un representante del Poder Legislativo para integrar el Consejo Provincial del Ambiente, creado por la Ley N° 513-L, artículo 16.
  • Cuatro (4) miembros titulares y dos (2) suplentes para integrar Órgano Coordinador Provincial de Seguimiento, Evaluación y Prevención de la Problemática de la Violencia Familiar, conforme al artículo 53 y siguientes de la Ley N° 989-E.
  • Cinco (5) Diputados para integrar la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria, creada por el artículo 2° de la Ley N° 368-A.

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