- 12/10/2023
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Críticas de las empresas mineras al nuevo Dólar Minero

El planteo es porque se han dejado afuera del beneficio a actividades vinculadas, por ejemplo, con las rocas industriales.
Frente al anuncio del Dólar Minero por parte del Ministerio de Economía de la Nación, como parte de una medida que apunta a impulsar las exportaciones y sumar más reservas al Banco Central, hubo críticas por parte de la Cámara Argentina de Empresas Mineras (CAEM).
En un comunicado, la entidad expresó que “resulta sumamente llamativo que, a pesar de meses de trabajo conjunto y reiteradas reuniones con los equipos del Ministerio de Economía y la Secretaría de Minería de la Nación, la reglamentación propuesta solo contemple una inclusión parcial de productos mineros, excluyendo de manera significativa a diversos segmentos productivos del sector” Y agrega que “nos sorprende especialmente que esta medida haya excluido a productos de exportación de gran importancia, entre las que menciona a las Rocas y Minerales industriales, como cal, boratos, bentonita, yeso, caliza, entre otras. Y que se haya omitido también la producción de plata en bruto y el litio.
“Para continuar invirtiendo y mantener el ritmo de producción que caracteriza a nuestro sector, es esencial que el «dólar minero» sea accesible para todas las exportaciones mineras y no se limite únicamente a una parte de ellas”, sostiene el comunicado de la CAEM.
Hay que destacar que en el sector minero están más interesados en que les permitan importar insumos y viene de capital que en liquidad divisas.
La medida le permite a las empresas mineras ingresar el 25% de sus exportaciones a un tipo de cambio más atractivo (Contado con Liquidación). A su vez, las empresas conservan el acceso al mercado oficial (Mercado Único y Libre de Cambios, MULC) para el 75% restante de su producción exportable a $350.
La normativa aplicará para las empresas mineras que haya exportado en los últimos 18 meses y se utilizará para las exportaciones realizadas entre el 30 de septiembre y el 20 de octubre, fecha límite que posiblemente se extienda por 30 días más.